Ha comenzado la
campaña política y escucharemos a candidatos
exponer sus ideas y deseos. Por el momento son puras buenas intenciones sobre la gestión
moderna, la seguridad, la educación, la limpieza y la belleza de la comuna.
Todos nos hablan de que cada comuna posee a los mejores ciudadanos del país.
Todos nos dicen que si son elegidos gobernarán los vecinos. Todos se muestran
como los más honestos y capaces.
En este escenario tan complejo en que nos costará tanto elegir al candidato que no nos frustre,
creí necesario compartir algunos
criterios de selección que debemos utilizar y que quizás les puedan servir para
saber escoger con tino a sus futuras autoridades municipales. Estos serían los
siguientes:
a) Criterio de
suficiencia profesional. Nuestro futuro alcalde o concejal requiere poseer ciertas capacidades
duras y blandas mínimas. Entre las duras: conocer la comuna, saber de cierta
reglamentación básica comunal, conocer de gestión, saber hablar y escribir con
corrección, etc; entre las blandas: saber escuchar, trabajar en equipo,
empatía, algo de creatividad, etc.
b) Criterio de honorabilidad. No tener noticias que es un delincuente
o que si bien no ha sido declarado reo, nosotros estimemos que debería estar
preso. Que cumpla la palabra empeñada y que sea un hombre o una mujer
equilibrada en sus valores y en su personalidad.
c) Criterio de independencia partidista. No significa que todo miembro de un
partido no puede llegar a ser independiente para tomar decisiones públicas.
Claro que puede. Lo que es exigible a éste es que jamás sobreponga los
intereses de su partido a los de su comuna. Que no use los recursos de su
comuna para difundir el ideario de su partido. Es cierto que los elegidos
necesitan para gobernar gente que comparta su propuesta, pero en ningún caso
deben llenar su municipalidad de militantes o de operadores políticos de su
partido.
d) Criterio de
independencia económica. Debemos desconfiar de los candidatos cuyas campañas son millonarias.
Tengamos plena certeza que para vencer vendió su elección a algunos donantes y
en el ejercicio de su cargo no será libre para decidir. Y si un alcalde o
concejal no es libre para decidir sobre el bien común, entonces primarán los
intereses de pocos por sobre los de la comunidad.
e) Criterio de dormitorio territorial. El alcalde o concejal debe vivir en
la comuna que administra. De 9 a 18 horas no sirve ni basta. Se ve mal que una
comuna para ser bien administrada necesite que venga alguien de otra comuna a
mejorar su gestión. Y no es verdad que no tenga un buen vecino para que sea su
alcalde o concejal, más bien son los partidos o bloques los que para equilibrar
y mantener sus redes de poder, les envían candidatos desde las comunas en que
usualmente duermen los líderes.
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